¿Sabes en qué consiste un microcrédito? ¿qué significa T.A.E.? ¿conoces los diferentes tipos de financiación a los que puede optar tu empresa?
Con motivo de la Semana de la Educación Financiera expertos de la Cámara de España y del Banco de España resuelven todas tus dudas. Envíanos tus preguntas durante esta semana y un experto las resolverá el próximo jueves 6 de octubre a partir de las 10:30h!
David
¿Qué es y cómo se calcula el Euribor?
Experto Banco de España: El euríbor es el índice de referencia que indica el tipo de interés promedio al que las entidades financieras se ofrecen a prestar dinero en el mercado interbancario del euro.
También denominado referencia interbancaria a un año, se calcula como la media aritmética simple de los valores diarios de los días con mercado de cada mes, del tipo de contado publicado por la Federación Bancaria Europea (actualmente el European Money Markets Institute EMMI) para las operaciones de depósito en euros a plazo de un año calculado a partir del ofertado por una muestra de bancos para operaciones entre entidades de similar calificación.
Para más información puede consultarse la página web del EMMI: http://www.emmi-benchmarks.eu/
Experto
Rosa A.
Actualmente se habla mucho de crowdfunding ¿puede una pyme financiarse a través de esta fórmula? si es así, ¿cómo puede hacerlo?
Experto Banco de España: Las plataformas de financiación participativa, comúnmente denominadas crowdfunding, son un novedoso mecanismo de desintermediación financiera desarrollado sobre la base de las nuevas tecnologías. Aunque este fenómeno puede tener diversas manifestaciones –puede instrumentarse a través de donaciones o compraventas- es muy habitual que tengan un componente financiero, es decir, que el inversor espere recibir una remuneración dineraria.
Así, las plataformas de financiación participativa ponen en contacto, a través de páginas web u otros medios electrónicos, a promotores de proyectos que demandan fondos, con inversores u ofertantes de fondos que buscan un rendimiento. Los promotores de los proyectos pueden ser tanto personas físicas como jurídicas, siempre solicitando financiación en nombre propio.
Destacan dos características en esta actividad: por un lado, la participación masiva de inversores que financian con cantidades reducidas pequeños proyectos de alto potencial; y, por otro lado, el carácter arriesgado de la inversión.
La legislación española regula actualmente las plataformas de financiación participativa con componente financiero (ver Título V de la Ley 5/2015, de 27 de abril, de fomento de la financiación empresarial), con el objetivo de potenciar esta actividad al tiempo que garantizar un nivel adecuado de protección del inversor. Estas plataformas deben estar autorizadas por la Comisión Nacional del Mercado de Valores e inscritas en el registro correspondiente para poder desarrollar su actividad.
En concreto, respondiendo a las preguntas planteadas, diremos que las pymes pueden acceder a este tipo de financiación -respetando los límites máximos de captación de fondos que regula la norma antes citada- y que, para ello, se debe contactar con alguna/s de estas plataformas – a través de la consulta del registro de plataformas de financiación participativa de la Comisión Nacional del Mercado de Valores-.
Experto
Pablo
¿Qué eventos me recomendaría para poder exponer mi proyecto y conseguir financiación de inversores?
Experto Cámara de España: Depende en gran medida del tipo de proyecto empresarial y de su envergadura. Habrá que seleccionar las acciones en función del perfil de nuestros inversores y de las características de nuestro proyecto. No es lo mismo intentar financiar un proyecto de reciclaje de materiales plásticos que el del lanzamiento de una nueva aplicación para smartphones.
Actualmente se suman a las vía tradicionales de financiación – a través de las entidades financieras-, fórmulas más novedosas como las plataformas de financiación participativa, comúnmente conocidas como crowdfunding, que ponen en contacto, a través de páginas web u otros medios electrónicos, a promotores de proyectos que demandan fondos, con inversores u ofertantes de fondos que buscan un rendimiento.
Puedes consultar los eventos de emprendedores hasta final de año en este post de nuestro blog: http://www.camara.es/blog/creacion-de-empresas/g...
Experto
Miguel
¿Qué es el cash flow y cómo puedo calcularlo?
Experto de Cámara de España:
El cash flow es el flujo de entradas y salidas de efectivo que tiene lugar en una empresa durante un periodo determinado. Es un indicador de la capacidad que tiene la empresa para cumplir con sus compromisos de pago y continuar con su actividad.
A modo general, para calcular el cash flow de una empresa tomamos su beneficio y le sumamos las amortizaciones y las provisiones, ya que contablemente estas dos partidas han minorado el beneficio pero no han supuesto una salida de efectivo.
Experto
José Luis P.
¿A qué nos referimos exactamente cuando hablamos de crédito revolving?
Experto Banco de España:
Nos referimos a una modalidad de crédito que permite sucesivas disposiciones de parte del capital que se va amortizando, dentro del límite previamente concedido.
Es muy frecuente encontrar este tipo de créditos instrumentado a través de una tarjeta de crédito. Su característica principal es el establecimiento de un límite de crédito cuyo disponible coincide inicialmente con dicho límite, que disminuye según se realizan cargos (compras, disposiciones de efectivo, liquidaciones de intereses y gastos, etc.) y se repone con abonos (pago de los recibos periódicos, devoluciones de compras, etc.).
Normalmente, el titular decide qué importe pagar, pudiendo elegir entre la modalidad de pago total o pago aplazado. En este tipo de tarjetas es muy importante informarse de cómo va a amortizarse la deuda.
Si optamos por el pago total -por ejemplo, a fin de mes-, las entidades no suelen cobrar intereses. Así, el titular asume el pago, a fecha fija, de lo dispuesto durante el período anterior.
Sin embargo, los pagos aplazados sí generan intereses. Estos pagos pueden ser a través de una cuota fija (que suele establecerse en las condiciones de la tarjeta) o mediante un determinado porcentaje sobre la deuda pendiente.
Es importante tener en cuenta que si las cuotas mensuales que se pagan fueran bajas comparadas con el montante de la deuda pendiente, la amortización de la deuda total conllevará un plazo largo, lo que se traduce en una cifra elevada de intereses. Esta situación puede llevarnos incluso a que la cuota mensual, por su bajo importe, ni siquiera cubra los intereses devengados en ese periodo. De esta forma, la parte de los intereses no cubierta con la cuota se sumaría a la deuda pendiente y esta no disminuiría, sino que crecería (al producirse una “amortización negativa”).
Experto
Luis Nuñez
Qué tipo de financiación (aparte de la bancaria) se recomienda para poner en marcha una pyme?
Experto Banco de España:
Junto con las entidades de depósito, existen otras entidades de crédito como el ICO que ofrecen financiación a pymes. Fuera de este “ámbito bancario” surgen las plataformas de financiación participativa, comúnmente conocidas como crowdfunding, que ponen en contacto, a través de páginas web u otros medios electrónicos, a promotores de proyectos que demandan fondos, con inversores u ofertantes de fondos que buscan un rendimiento.
Destacan también nuevas iniciativas conocidas como aceleradoras e incubadoras de empresas que asesoran en el startup y facilitan financiación.
Experto
Rubén N.
Si un autónomo cesa su actividad ¿puede cobrar el paro?
Experto Cámara de España:
Los trabajadores autónomos cuentan con un sistema específico de protección por cese de actividad, que comprende el abono de una prestación económica mensual y la cotización a la Seguridad Social por contingencias comunes.
Para poder acceder a esta prestación se requiere, entre otras cosas, que el cese en la actividad desarrollada por el trabajador se deba a motivos económicos, técnicos, productivos u organizativos, causas de fuerza mayor, pérdida de licencia administrativa, violencia de género, divorcio o acuerdo de separación, y contar con un período mínimo de cotización por cese de actividad de doce meses continuados e inmediatamente anteriores al cese.
Experto
Marta R.
¿Qué diferencia existe entre un pagaré y una letra de cambio?
Experto Banco de España:
La letra de cambio es un título-valor trilateral por el que el librador ordena al librado que pague al vencimiento una suma de dinero al tomador (o a la persona a la que este endose el título). Se trata de uno de los títulos más complicados en nuestra legislación de forma que ha ido cayendo en desuso a favor de efectos más sencillos y prácticos como son el pagaré y el cheque.
De otra parte, el pagaré es un título-valor que contiene una promesa incondicional de pagar una suma determinada de dinero a su vencimiento, pudiendo emitirse a la orden o en forma nominativa.
Así, mientras que la letra de cambio contiene una “obligación de pagar”, el pagaré contiene una “promesa de pago”. Además, el número mínimo de personas que intervienen es distinto.
Tanto la letra de cambio como el pagaré están regulados en la Ley 19/1985, de 16 de julio, Cambiaria y del Cheque.
Experto
Sara Lisalde
¿Es posible capitalizar todo mi paro para poner en marcha mi negocio?
Experto Cámara de España:
Sí, es posible capitalizar la prestación por desempleo de nivel contributivo de forma que se recibiría el valor actual del importe de la misma.
Para ello es necesario que se pretenda desarrollar una actividad como trabajador autónomo, incorporarse como socio en una cooperativa o sociedad laboral, o realizar una aportación al capital social de una entidad mercantil de nueva constitución o constituida en los 12 meses anteriores (siempre y cuando se vaya a poseer el control efectivo de la sociedad, se vaya a ejercer en la misma una actividad profesional y se produzca un alta en la Seguridad Social en el Régimen Especial de los Trabajadores por Cuenta Propia o en el Régimen Especial de los Trabajadores del Mar).
Experto
Jesús Alarcón
¿Cuál es la diferencia entre el leasing y el renting?
Experto Banco de España:
El leasing de vehículos es un arrendamiento financiero que tiene el objetivo de financiar la compra de un vehículo. Viene a ser, en la práctica, un alquiler con opción a compra con una duración que oscila normalmente entre 24 y 72 meses. Finalizado este periodo, el titular tiene la opción de adquirir el vehículo en propiedad pagando el valor residual estipulado en el contrato, prorrogar el contrato con nuevas cuotas mensuales (en algunos casos) o devolver el vehículo.
El renting es un alquiler a largo plazo, normalmente de entre uno y cinco años, con cuotas mensuales que incluyen todos los gastos relacionados con el vehículo (impuestos de matriculación y circulación, el seguro a todo riesgo, el servicio de mantenimiento integral, las reparaciones, cambios de neumáticos, asistencia en viaje, etc.). Sus cuotas son más altas que las del leasing, al incluir servicios adicionales, y no suelen tener la opción de compra al final del contrato.
A la hora de elegir una u otra fórmula se debe tener en cuenta también la fiscalidad.
Experto
Ainhoa H.
¿Qué son las Sociedades de Garantía Recíproca? ¿Puede mi pyme financiarse a través de ellas?
Experto Banco de España:
La Sociedades de Garantía Recíproca son entidades financieras que se dedican al otorgamiento de garantías personales, por aval o por cualquier otro medio admitido en derecho distinto del seguro de caución, a favor de sus socios -que deben ser pequeñas o medianas empresas-, para las operaciones que estos realicen dentro del giro o tráfico de las empresas, pudiendo además prestar servicios de asistencia y asesoramiento financiero a sus socios.
Tradicionalmente han venido desempeñando dos funciones básicas: por un lado, la concesión de avales que permitan a las pymes acceder a financiación bancaria sin comprometer todos sus recursos propios y, por otro, facilitar el acceso de las empresas avaladas a líneas de financiación privilegiada y obtener mejores condiciones en sus créditos.
Las pymes no se pueden financiar a través de las Sociedades de Garantía Recíproca pero sí consiguen financiación y/o mejores condiciones de financiación gracias a ellas.
Experto
No hay tiempo para más preguntas, pero gracias a todos los que habéis participado y expuesto vuestras dudas. Esperamos haber sido de ayuda.
Gracias también al Banco de España por su participación en este chat.
¡Hasta la próxima!
Cámara de España